Micelio
Auto30 de junio de 2022

A- de 2022

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante De Oficio Procesados Nuñez Rodriguez Andres Fernando Y Otros·Demandado Nuñez Rodriguez Andres Fernando Y Otros

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones-Incumplimiento Del Presupuesto Subjetivo-Uno De Los Funcionarios Judiciales No Emitió Pronunciamiento En El Que Reclame La Competencia Para Conocer Proceso Penal.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado por el Juzgado Penal del Circuito con Función de Conocimiento del Guamo (Tolima).

En el presente caso, la Sala Plena constata que no se satisface el presupuesto subjetivo, pues ante la solicitud de cambio de jurisdicción formulada por la defensa del acusado, bajo el argumento que, para el momento de los hechos, su defendido se desempeñaba como miembro activo de la Policía Nacional, el juzgado de conocimiento decidió rechazarla y dispuso la remisión del proceso a la Corte Constitucional, sin que existiese pronunciamiento alguno por parte de la Justicia Penal Militar.

Así las cosas, no se acredita que dos autoridades que administren justicia reclamen para sí la competencia de este asunto, y no cabe dar curso a esta actuación, con base en la solicitud formulada por la defensa de uno de los acusados, teniendo en cuenta lo manifestado por la Corte en el citado auto 265 de 2021.

Por ende, la Sala estimó necesario adoptar una decisión inhibitoria y ordenar el envío del expediente al Juzgado Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Guamo (Tolima) para lo de su competencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declararse INHIBIDA para resolver sobre el conflicto de jurisdicción remitido por el Juzgado Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Guamo (Tolima), ante el incumplimiento del presupuesto subjetivo para su configuración.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-2055 al Juzgado Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Guamo (Tolima) para que, de manera inmediata, tramite el referido proceso y comunique la presente decisión a las partes del mismo.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.